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A partir del 2024 será obligatorio tener este documento para evitar multa del SAT

Se viene el nuevo año y nuevos requisitos para evitar una multa del SAT, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT), agregó una nueva obligación.

Crédito: Freepik @freepik

La institución dio a conocer que a partir de este 2024, habrá una nueva obligación para los contribuyentes y de no cumplirla, serán acreedores a una multa del SAT, la cual puede ascender hasta más de 100 mil pesos mexicanos, según sea el caso.

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Cabe destacar que cualquier contribuyente puede recibir una multa del SAT si no cumple con sus pagos y obligaciones, pero cada año o cada cierto tiempo, la institución puede agregar nuevas obligaciones.

¿Cuál es el nuevo documento obligatorio del SAT para el 2024?

A partir del 1 de enero de 2024 será obligatorio presentar la Carta Porte, adicional a la Factura con la que se agrega el Complemento de CFDI.

La Carta Porte es un documento con valor fiscal, el cual es emitido a forma de Complemento de Factura, con ella se puede dar una lista detallada de los bienes o mercancías transportadas, así como el origen, puntos intermedios, destinos y el modo de transporte.

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La idea es que con la Carta Porte se pueda evitar el contrabando y que se asegure que quienes transporten bienes o mercancías, lo hagan de forma legal.

Otros beneficios de la Carta Porte

Da certeza de que lo que se transporta y la ruta es segura.Anticipar riesgos o amenazas en el traslado.Garantizar la seguridad de tránsito en las rutas.Verificar operaciones realizadas por quienes están involucrados.

Proporcionar información necesaria para que las autoridades vigilantes y los controlen las vías de paso, verifiquen las mercancías y se acredite la legalidad o tenencia.

Fortalecer el comercio formal y evitar el contrabando.

¿Quiénes deben y pueden usar la Carta Porte?

Los contribuyentes que requieran trasladar bienes o mercancías en territorio nacional, ya sea vía terrestre, marítima, aérea o ferroviaria.

¿De cuánto es la multa por no tener la Carta Porte?

Si la Carta Porte tiene errores o no se expide, la multa va de los 19,700 pesos a los 112,650 pesos y pueden clausurar el establecimiento entre 3 y 15 días.

Para contribuyentes de personas físicas con actividades empresariales, la multa va desde los 1,700 pesos a los 3,380 pesos, con una clausura de 3 a 15 días.

Cuando no se expida o acompañe la documentación que ampare las mercancías, la multa va de los 880 pesos a los 17,030 pesos.

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