VIDEO: Secretaria de Gobernación Luisa María Alcalde dice que SCJN propone invalidar el artículo 19

La Secretaria de Gobernación Luisa María Alcalde, hizo una serie de afirmaciones respecto al artículoi

Redacción
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará cómo dar el cumplimiento a la sentencia impuesta a México el pasado enero de 2023 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la prisión preventiva oficiosa.

La Secretaria de Gobernación Luisa María Alcalde hizo varias afirmaciones imprecisas respecto al papel de la SCJN.

Primero, la mandataria afirmó que la SCJN está proponiendo invalidar el artículo 19 y ordenar a los jueces inaplicar la prisión preventiva de oficio, la SCJN no puede invalidar un artículo de la constitución.

Luisa María Alcalde también afirmó que la decisión se toma a partir de una resolución emitida en 2023 por la CIDH, quien es una instancia perteneciente a la OEA en donde condena a México y resuelve que se deben adecuar leyes para eliminar la prisión preventiva.

En realidad, la CIDH pide eliminar la figura de arraigo en el artículo 16 y adecuar el ordenamiento jurídico para la prisión preventiva oficiosa.

La tercera afirmación de la mandataria fue que la corte atrajo la sentencia oficiosamente para interpretarla y ordenar unilateralmente como México debe darle cumplimiento sin tomar en cuenta otras instituciones como el Congreso de la Unión.

En este caso, la corte no atrajo la sentencia, está dando cumplimiento a la obligación de acatar.

Luisa dijo que la decisión impactaría la posible liberación de 68 mil presuntos delincuentes bajo prisión preventiva oficiosa al día de hoy.

En México hay 88 mil 345 personas privadas de la libertad aún sin sentencia, según el Censo Nacional de Sistema Penitenciario 2023 del INEGI y no, no quedarían en libertad, se revisará cada caso para definir quiénes se quedarían presos.

Por último, la mandataria afirmó que la SCJN se excede al anular una disposición constitucional cuando la única facultada para reformar un artículo constitucional es el Congreso de la Unión.

En este punto, las modificaciones a la constitución debe hacerlas el constituyente permanente.

Lo anterior no significa eliminar la prisión de los procesos sino revisar que se imponga en los casos necesarios.

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