Cada año surge la misma duda entre trabajadores y estudiantes en México: ¿Qué día es asueto oficial, el 15 o el 16 de septiembre? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre es el día de descanso obligatorio en conmemoración del inicio de la Independencia de México, que comenzó en 1810 con el llamado Grito de Dolores encabezado por Miguel Hidalgo.
Sin embargo, el 15 de septiembre es una fecha de relevancia histórica, debido a que durante la noche comienzan las celebraciones en el país con el Grito de Independencia en las plazas públicas. Por lo tanto, durante la jornada del 15 de septiembre la mayoría de las actividades laborales y escolares se mantienen con normalidad.
¿Qué se celebra el 16 de septiembre?
Miguel Hidalgo y Costilla hizo un llamado a la población para organizarse y levantarse contra el dominio español, al que se unió el capitán Ignacio Allende, perteneciente a las milicias novohispanas.
La llamada Conspiración de Querétaro fue impulsada por Miguel Domínguez Hidalgo, Juan Aldama e Ignacio Allende, quienes se reunieron en secreto con el propósito de iniciar el movimiento de Independencia de México.
Sin embargo, sus planes fueron descubiertos el 10 de septiembre de 1810, lo que llevó a Hidalgo a adelantarse y convocar al pueblo de Dolores el 16 de septiembre, pronunciando el histórico Grito de Dolores e iniciando la lucha armada.
La rebelión rápidamente se expandió hacia la región del Bajío, sumando a miles de insurgentes. Para ese momento, el ejército de Hidalgo ya superaba en número a las fuerzas realistas. Tras tomar Guanajuato, ordenó encarcelar a los españoles y confiscar sus bienes. No obstante, el movimiento sufrió un fuerte revés cuando Hidalgo y Allende fueron derrotados en el Puente de Calderón el 17 de enero de 1811.
¿Cuándo será el próximo día que no se labora en México?
El próximo día festivo y asueto que tendrá México será hasta el 17 de noviembre, en conmemoración del Día de la Revolución Mexicana, esto de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo. Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
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