En Baja California, miles de trabajadores esperan el pago del reparto de utilidades, un derecho laboral vigente en todo el país. Este beneficio puede representar un ingreso adicional relevante para muchas familias en la región este 2025; sin embargo, no todas las empresas están obligadas a entregarlo. A continuación te explicamos cuáles están exentas según la ley.
¿Cuáles son las fechas del reparto de utilidades en Baja California para 2025?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las empresas establecidas como personas morales tienen del 1 de abril al 30 de mayo para cumplir con el pago, mientras que las personas físicas cuentan del 1 de mayo al 29 de junio. Este reparto corresponde al 10% de las utilidades netas generadas por la empresa en el ejercicio fiscal anterior. Pueden recibirlo los empleados que hayan laborado al menos 60 días durante 2024.
¿Qué empresas no están obligadas a dar reparto de utilidades en Baja California en 2025?
La ley contempla excepciones para el reparto de utilidades. Las empresas que no están obligadas a repartir utilidades en 2025 son:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
- Empresas innovadoras reconocidas por la Secretaría de Economía en sus primeros dos años de operación.
- Empresas dedicadas a la exploración minera.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro que ofrezcan servicios humanitarios sin beneficiar a individuos específicos.
- Instituciones públicas descentralizadas, como el IMSS y otras con fines culturales, educativos o asistenciales.
- Empresas con ingresos menores a 300 mil pesos anuales, según su declaración del ISR.
Estas disposiciones, contenidas en el artículo 126 de la ley, buscan no comprometer la viabilidad económica de ciertos sectores. En Baja California, donde operan industrias emergentes y organismos asistenciales, esta regulación podría limitar la cantidad de trabajadores que reciban este ingreso.
Las autoridades recomiendan a los empleados verificar si su empresa entra en estas categorías y, en caso de dudas, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
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